miércoles, 21 de octubre de 2009

HASTA FIN DE AÑO, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS

Arequipa, 2009 octubre  20
                                             Nota de Prensa No.1169-
09

La Municipalidad Provincial de Arequipa, mediante Ordenanza Municipal
Nº 605,  otorgará hasta fin de año, beneficios tributarios referidos a
impuesto vehicular, impuestos municipales, impuesto predial, arbitrios
municipales, entre otros. La población que desee regularizar su
situación con la comuna arequipeña podrá apersonarse a las oficinas de
El Filtro Nº 501 donde personal altamente calificado les brindará
atención personalizada en el horario de lunes a sábado desde las 8 de
la mañana.

Dentro de los beneficios, la ciudadanía arequipeña  podrá disfrutar de
la condonación del 100% de las multas por omisión a la presentación de
la declaración jurada del Impuesto Vehicular de ejercicios vencidos.
De igual forma, el 85% de intereses moratorios por incumplimiento de
pagos de impuesto vehicular de ejercicios vencidos y el 80% de
intereses moratorios por incumplimiento de pagos de impuestos
municipales de periodos vencidos, hasta el 30 de noviembre 2009 y 70%
del 01 al 31 de diciembre 2009.

De la misma manera, la presente Ordenanza está dando facilidades
respecto al pago de la deuda de Impuesto Predial y arbitrios que
podrán ser fraccionados, siempre y cuando éste no derive de un
fraccionamiento anterior y el monto total aplicando el beneficio
supere a S/. 500.00 Nuevos Soles y sea menor a 2 UIT, con una inicial
mínima del 30% hasta en 12 cuotas mensuales, aplicándosele el interés
de fraccionamiento mensual de 1.2%.

Igualmente,  aquellos propietarios de vehículos que no pudieron
cumplir con sus obligaciones de pago, se les está concediendo rebaja
por concepto de infracciones de tránsito y transporte, descontándoles
el 90% del año 2005 y años anteriores; el 85% del periodo 2006; y el
50% del periodo 2007 al 2009. Para acogerse a estos  beneficios,  la
papeleta debe ser cancelada al contado, no permitiéndose ninguna forma
de fraccionamiento, pagando S/. 10.00 por concepto de costas y gastos
de Cobranza Coactiva siempre que se encuentre en esta instancia.
Asimismo, se encuentran incluidos los saldos de fraccionamientos
pendientes de pago, previo desistimiento del convenio.

No se encuentran incluidas las deudas en cobranza coactiva, siempre y
cuando se haya efectivizado o concluido el proceso de embargo y/o
captura de vehiculo, debiendo cancelar la totalidad de la infracción
de tránsito así como las costas y gastos coactivos en su totalidad y
el derecho por depósito del vehículo en caso de internamiento.

A los contribuyentes que tengan convenios de fraccionamiento vigente,
se les condonará el 80% los intereses Moratorios (TIM) hasta el 30 de
noviembre 2009 y 70% del 01 al 31 de diciembre 2009 de las cuotas que
cancelen. Mientras a los que tengan cuotas pendientes de pago podrán
acogerse al presente beneficio previo desistimiento del saldo de las
cuotas fraccionadas reestructurándose su deuda la misma que será
cancelada en forma total por los periodos convenidos en el
fraccionamiento. Y a los que tengan cuotas pendientes y deseen
cancelarlas en su totalidad en forma adelantada, se les exonerará los
intereses compensatorios.

La finalidad de esta amnistía es favorecer a un mayor número de
contribuyentes, y así evitar cualquier cobranza coactiva, para ello,
la comuna arequipeña cuenta con 20 ventanillas, donde recibirán
atención personalizada  de lunes a viernes en el horario de 08:00
hasta las 15:15 horas  y los sábados de 08:00 hasta las 12:00 horas.

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